Cuidado con no contestar el acta de una inspección

Cuidado con no contestar el acta de una inspección

Normalmente, cuando se nos somete a una inspección de nuestro Centro, lo que queremos es que pase rápido, el cuerpo de inspectores/as se marche rápido y que nosotros podamos seguir con nuestra actividad. Luego, ese acta de inspección se quedará archivada en un cajón “durmiendo el sueño de los justos”.

Este suele ser el escenario que se nos presenta cuando viene la Inspección a hacernos la visita de rigor anual, en la cual nos piden muchísima documentación (la misma cada año), para comprobar si, realmente, estamos cumpliendo con los requisitos necesarios para cuidar a los usuarios que confían en nuestro centro. Lo que sigue, es fatal. Leemos el acta por encima y, si el cuerpo de inspección no nos ha advertido de que estamos incumpliendo algún precepto, ese papel se archiva y… hasta el año que viene.

Eso, te puede costar algún que otro disgusto y una importante multa.

El escenario está claro. En términos generales, seguro que estás cumpliendo con los objetivos de gestión que te marcaste este año, pero sabes que la cita con la Inspección está al llegar. Por supuesto, esa esperada inspección acaba llegando. El caso es que siempre prestamos especial atención a las palabras de las inspectoras y le prestamos poca atención a lo contenido en el acta.

Además, ocurre que, en la mayoría de los casos, pasamos a solventar aquellos puntos que se han marcado en el acta como incumplimientos, a la espera de que en la próxima visita vuelvan a “pasar revista” y vean que hemos hecho los deberes.

¿Crees que es suficiente con arreglar y/o modificar aquellos puntos marcados por los servicios de inspección? ¿Es suficiente con eso?

No, no es suficiente.

Por supuesto, tienes que arreglar esos puntos críticos, pero, EN NINGÚN CASO, debes arreglarlos y punto. Tienes 10 días para contestar a ese acta y te recomendamos que uses 9 de esos días a arreglar todo lo posible y que, al final, el décimo día puedas entregar en el registro del Departamento pertinente, de los Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma, un escrito que debe contener lo siguiente:

  • Contestación a todos los puntos identificados como críticos.
  • Explicación de la solución de dichos puntos críticos (punto por punto).
  • Justificación documental (fotografías y/ o documentos) de la correcta ejecución de la mejora de dichos puntos.

Cuando hagas esta contestación, puede ser que no te haya dado tiempo a arreglar alguno de los aspectos que se haya hecho mención en el acta de inspección. Igualmente, debes indicar que “tal punto” está en vías de solucionarse y que en cuanto se lleve a cabo la solución, se comunicará debidamente a los servicios de inspección. De esta manera, estarás jugando con los plazos de la Administración para poder arreglar los diferentes temas.

Piensa que, si no lo haces así, los servicios de inspección entenderán que no estás subsanando aquellos puntos críticos que detectaron y que pusieron de manifiesto en el acta. No puedes esperarte a la próxima inspección porque, si por desgracia has arreglado dicho punto crítico, pero vuelve a fallar, de cara a inspección es como si nunca se hubiesen tomado medidas por parte del Centro.

Por ejemplo, con el “infinito” tema de las “ralladuras” en las paredes de habitaciones o zonas comunes:

  1. Puede ser que, del uso de caminadores, sillas de ruedas, grúas dwc y demás ayudas técnicas, el personal pudiese haber dañado la pared de la “habitación 56”.
  2. Viene inspección y te indica en el acta que esa pared tiene desperfectos y que se debe arreglar y pintar de nuevo.
  3. Procedes a arreglar y pintar dicha pared.
  4. No lo comunicas a los servicios de inspección.
  5. Al cabo de tres meses, como es una habitación que tiene el pasillo algo angosto, el personal vuelve a dañar la pared.
  6. En este caso, ya no lo arreglas, porque lo has arreglado hace tres meses y te has gastado más de 300€.
  7. Al cabo del año, vuelven los servicios de inspección y comprueban que sigue habiendo daños en la pared de la “habitación 56”.

CONCLUSIÓN:

Para los servicios de inspección JAMÁS HAS ARREGLADO ESE DESPERFECTO, porque nunca lo has justificado. Y, además, esa falta leve, por repetición, se puede convertir en una falta grave y es dónde empiezan los problemas y las prisas.

Por esta razón, desde Buscador de Residencias.info te recomendamos que compartas con nosotros esas actas, independientemente de si tienes una sanción propuesta. Analizaremos conjuntamente si las acciones que te atribuyen son constitutivas de faltas, en qué graduación y si debes justificar, o no, que has actuado con diligencia para solventar esos puntos críticos reflejados en el acta de inspección.

Por supuesto, al cabo de un mes desde la realización de la inspección y entrega del acta, debes pedir el INFORME DE INSPECCIÓN. Es un documento rico en matices y te dará pistas de por qué el acta de inspección indica todos esos puntos.

No te arriesgues a una posible multa y ponte en contacto con nosotros. Te podemos ayudar y asesorar para que no te encuentres desagradables y costosas sorpresas.

No te olvides, somos compañeros de sector.

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¿Consideras que tu Residencia superaría una inspección exhaustiva en este momento?

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